Fiscalía pedía seis años de cárcel efectiva pero el Tribunal Oral de Santa Cruz decidió de forma unánime, absolver de todos los cargos a Rodrigo Barraza (31), acusado de tráfico de drogas, al constatar que en realidad cultivaba cannabis para el tratamiento de su único hijo, un niño autista de nueve años de edad.
Santiago, 31 de diciembre 2019.- Un cultivo de 15 plantas en el patio de su casa en Pichilemu, una zona costera de la Región de O’Higgins, destinado a la elaboración de la medicina de su hijo León (9), diagnosticado con TEA (Trastorno del Espectro Autista) y tratado con cannabis medicinal, según las indicaciones de su neurólogo, llevaron a la injusta detención y formalización por tráfico de drogas de Rodrigo Barraza, el 14 de marzo de 2019.
La pesadilla de esta familia, culminó el martes 24 de diciembre, en Navidad, con la absolución de todos los cargos, en un fallo unánime de los tres jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz, donde se realizó el juicio. El Ministerio Público, representado por el Fiscal Jefe de Pichilemu, Rodrigo Troncoso, solicitaba 6 años de presidio efectivo.
“Este Tribunal ha resuelto por unanimidad absolver a Rodrigo Barraza de la imputación oficial de ser autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas (…) no podría ser sancionado por delito alguno por concurrir a su respecto una causal de justificación”, dijo el Presidente de la Sala, juez Rodrigo Gómez, sala también compuesta por las magistradas María Angélica Mulatti y Teresita López (s).
“Estoy tranquilo, siempre supe que saldría libre. El Gobierno debe tomar las medidas para que no se nos siga pasando a llevar. Lo pasé muy mal con mi hijo todo este tiempo pero ahora se está haciendo justicia. Estoy muy agradecido por todo el apoyo de la gente, aquí y en redes sociales, porque no soy el único, hay muchos que siguen siendo perseguidos por el autocultivo, pero hay que dar la batalla, ser fuertes, levantarse y seguir adelante”, dijo Barraza tras salir de la sala y abrazar su esposa, la mamá de León, Catherine Gajardo (38).
La mujer celebró que se haya hecho justicia y anunció acciones legales para reparar el daño causado. “Lo único que yo pedía era justicia, que Rodrigo quedara libre y con sus papeles limpios. Ha sido muy duro, en Pichilemu nos trataron como delincuentes en todas las audiencias. Ahora lo que más queremos es volver a plantar para que León retome su tratamiento con normalidad”, comentó la profesora de Educación Básica.
El pequeño León es paciente de Fundación Daya, su médico tratante es el experimentado neurólogo infantil, Dr. Guillermo Fariña, quien también trabaja en el Hospital Calvo Mackenna. Un equipo de la Fundación acompañó a la familia durante el juicio y también participaron como los testigos, el Dr. Diego Cruz y la Directora Ejecutiva, Ana María Gazmuri.
“Estamos felices y emocionados. Con este fallo absolutorio unánime del Tribunal de Santa Cruz, se demuestra que la mera tenencia de plantas de cannabis no permite presuponer que están destinadas al tráfico, este es un precedente muy significativo pensando en las miles de familias que hoy autocultivan cannabis para uso medicinal con el acompañamiento médico que corresponde. Sin duda un precedente fundamental en el camino de asegurar la libertad, seguridad y la dignidad, de esas miles de familias chilenas que ejercen su derecho del autocultivo medicinal de cannabis”, dijo Gazmuri, quien también agradeció al Defensor Público, Renato Cárcamo, por probar la inocencia de Rodrigo.
Convenio Defensoría Penal Pública y Fundación Daya
La Defensoría Penal Pública logró acreditar que las plantas requisadas por la Policía de Investigaciones (PDI) correspondían a un cultivo medicinal, el cual aporta la materia prima para elaborar el aceite de cannabis recetado por el Dr. Fariña de Fundación Daya; y que además, no existía prueba alguna para acreditar la acusación de tráfico de drogas. Ésta es otra prueba del exitoso proceso colaborativo llevado a cabo entre la Defensoría Penal Pública y Fundación Daya, pronto a sellarse con la firma de un convenio entre ambas instituciones.
El juez que presidió el juicio, Rodrigo Gómez, destacó lo interesante que fue para ellos este caso. Esperamos que esta decisión absolutoria sea un precedente y una orientación para los demás Tribunales, considerando el creciente conocimiento y experiencia nacional en el uso medicinal del cannabis.Resulta fundamental recordar que el cultivo para consumo personal de cannabis (incluyendo el uso medicinal) está despenalizado desde el año 2015, en virtud de lo cual, frente a la ausencia total de antecedentes de tráfico, el Tribunal, unánimemente, sobresee a Rodrigo Barraza.
En el contexto del Chile actual y su estallido social, se hace aún más evidente la dolorosa criminalización de los usuarios medicinales de cannabis, quienes viven con el temor a ser perseguidos, allanados y sus plantas incautadas. El derecho a la salud, tan fragilizado en nuestro país, debe garantizar también el acceso a terapéuticas alternativas, dentro de las cuales, sin duda, se encuentra el cannabis medicinal.
La familia del pequeño León pretende levantar cargos contra el Ministerio Público y la PDI, por el perjuicio y menoscabo sufrido mediante este injusto proceso, por el que nunca debieron haber pasado. Esperamos que este fallo positivo sea una alerta para terminar con la injusta criminalización de los usuarios, así como con el absurdo derroche de recursos públicos que implican estos largos procesos, Por la salud, la libertad y la dignidad de miles de pacientes.
Escuche aquí la lectura del fallo, leída el sábado 28 de diciembre en el Tribunal Oral en lo Penal de Santa Cruz:
“El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz absolvió al acusado Rodrigo Andrés Barraza Acevedo de la imputación que le había formulado el Ministerio Público de Pichilemu de ser autor de un delito consumado de tráfico ilícito de drogas, de los artículos 1 y 3 de la Ley 20.000, supuestamente cometido en esa comuna el 14 de marzo de 2019. El Ministerio Público le había imputado la tenencia de 15 plantas de marihuana y un poco más de un kilo 200 gramos de marihuana a granel, señalando que esa cantidad de planta y droga era suficiente para presumir la calidad de traficante, conforme al artículo tercero ya aludido. El Tribunal no apreció prueba que permitiera asentar la hipótesis de un posible tráfico, se hicieron vigilancias en el domicilio por parte de la policía, no se detectó la llegada de personas que pudieran ser compradores ni tampoco consumidores en el sector y al hacer el allanamiento en esa fecha tampoco encontró elementos tradicionalmente asociados a la actividad de tráfico, como contenedores para su dosificación, pesas o balanzas digitales, ni siquiera dinero. El Tribunal apreció que más bien los hechos daban cuenta de la posibilidad de que se enmarcara en la hipótesis del cultivo de droga, el artículo octavo, pero amén que sí se estableció que esta persona cultivaba las plantas y obtenía la marihuana de las mismas, sin embargo no estableció que pudiera estar destinada a la difusión de la droga, muy por el contrario, atendió la prueba brindada por la Defensa que asentó la teoría planteada por el acusado en torno a que él cultivaba la droga para extraer el material necesario para producir aceite de cannabis que era un medicamento usado para el tratamiento del autismo de un hijo. Tratamiento que por cierto estaba diagnosticado, asentado en elementos médicos y de la historia del niño y la familia, y que venía con la asesoría de una fundación especializada, la Fundación Daya, siéndole suministrado desde hace tiempo. El Tribunal estimó claramente justificada la conducta y la tenencia de estas plantas y marihuana a granel por parte del acusado, precisamente para el uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo del hijo, con motivo del tratamiento médico, y haciendo aplicable también el inciso final del artículo 50 de la Ley 20.000, lo eximió de cualquier responsabilidad en los hechos”.
Microdocumental de intervención de Fundación Daya en juicio de Rodrigo Barraza, por Mauro Méndez:
Corte Suprema
En esta misma causa, durante el mes de abril, la Defensoría Penal Pública presentó un recurso de amparo a favor del padre, Rodrigo Barraza. Fue el abogado penalista Claudio Fierro, jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública, el encargado de defender a Rodrigo. El Máximo Tribunal revocó de manera unánime la sentencia de arresto domiciliario, sustituyéndola por firma quincenal mientras dura la investigación.
Interesante señalar que la Corte Suprema se pronunció sobre el fondo del asunto: “Que del mérito de los antecedentes, en especial de las circunstancias de salud que afectan al hijo pequeño del amparado, no resulta demostrada la necesidad de la cautela intensiva decretada”, reemplazando el arresto domiciliario por firma quincenal como medida cautelar. Este también fue un fallo unánime, concurriendo los votos de los ministros Lamberto Cisternas, Manuel Valderrama, Arturo Prado, Eleonor Echeverry y María Cristina Gajardo.
Cabe señalar que el uso farmacéutico del cannabis también es legal en Chile desde el año 2015, a partir de la promulgación del Decreto 84, que modifica los DS 404 y 405 del Reglamento de Psicotrópicos y Estupefacientes. Es por ello que hoy es posible encontrar el fármaco registrado en Chile Sativex, de origen inglés, con igual contenido de THC y CBD. En consecuencia, están también registrados los principios activos THC y CBD, mismos que se encuentran en las plantas cultivadas por los pacientes. El autocultivo es una alternativa lícita, realista y eficaz, frente al alto valor del único fármaco hoy disponible, el que bordea los 590 mil pesos chilenos por mes. Esto considerando que el fármaco chileno Cannabiol, también con THC y CBD, autorizado provisionalmente por ISP, con un valor de 45 mil pesos chilenos, fue bloqueado por este mismo instituto en el mes de septiembre.
En este sentido, desde Fundación Daya siempre hemos propiciado las tres vías de acceso al cannabis medicinal: autocultivo, cultivos colectivos y fitofármacos estandarizados de bajo costo, como es el caso de Cannabiol®. La existencia de estas tres formas para el uso medicinal del cannabis, puede llegar a ser la garantía de disponibilidad de una alternativa que está mejorando vidas por todo Chile.